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COLABORACIÓN | José Luis Eloy Morales Brand, profesor investigador del Departamento de Derecho lemorales@correo.uaa.mx
A finales del año pasado escuchamos que el Congreso del Estado de Aguascalientes había aprobado una reforma al Código Penal para castigar la violencia digital en el artículo 181 B. Si bien, esto ya se encontraba sancionado desde noviembre de 2016 y la modificación solamente le asignaba
un nombre como delito autónomo al acceso informático indebido, además de aumentar un año a la mayor sanción, puede decirse que es uno de tantos pasos importantes que debemos de dar para erradicar esta conducta antisocial.
Pero, ¿qué es la violencia digital?; si entendemos que la violencia se trata de la imposición ilegítima de una voluntad en contra de otra para lograr un fin, la violencia digital es la conducta mediante la cual se comparte, manipula o comercializan imágenes, videos o audios de una persona, con contenido íntimo, erótico o sexual, sin su consentimiento libre, pleno y espontáneo; así como la amenaza de difundir esa información para causar un daño.
Se trata entonces de una conducta que denigra a cualquier ser humano en su imagen personal, su proyección social, su plan de vida y el libre desarrollo de su personalidad. Afecta tanto la salud física y emocional de la persona, su libre ejercicio de sexualidad y sus intereses en el contacto social y su entorno, y que con el desarrollo de los mecanismos tecnológicos, la proliferación de las redes sociales y, sobre todo, con el escudo del
anonimato en el que se amparan personas y organizaciones, se ha incrementado en un número notable los casos que generan una problemática social que debe atenderse.
Y ¿cómo podemos combatir la violencia digital?, el sector punitivo o de castigo es la última instancia para reaccionar contra este tipo de conductas. Si bien sancionarlas es un mecanismo jurídico para mantener el orden colectivo y que el agresor tenga consecuencias reales sobre sus actos; debe priorizarse la atención de los factores que generan estas situaciones mediante la educación, las oportunidades, los valores, el conocimiento de los
derechos, la atención personal y todas aquellas herramientas que ayuden a ejercerlos en forma efectiva.
Es importante crear mecanismos propios de autoprotección sin que esto implique limitar nuestras libertades y derechos, pero sí ser cuidadosos con las personas a las que le permitimos acceder a nuestra intimidad, a nuestro lugar más privado para el desarrollo de nuestra personalidad, y en el momento en que se evidencie alguna situación de acoso, manipulación o amenaza, debemos comunicarlo a las personas de mayor confianza y sobre todo a las instancias universitarias y sociales serias, para que se nos oriente en la forma de enfrentar y resolver esta problemática sin permitir
un daño mayor.
En la Universidad Autónoma de Aguascalientes estamos para apoyar a todas y todos aquellos que lo necesiten, no sólo en el plano de la violencia digital, sino en aquellas actividades que ilegítimamente buscan vejarlos o menospreciarlos como seres humanos. Desde las y los tutores, las y los maestros, las jefaturas de departamento y direcciones generales, los decanatos, las unidades de primer contacto, la Defensoría de los Derechos Universitarios y, especialmente la Rectoría; tenemos la misión de apoyar el desarrollo individual y colectivo, y su proyección en luz para la humanidad. Parafraseando a Paulo Freire, la realidad no es así, la realidad está así, pues ninguna realidad tiene vida propia, sino que atiende a determinados intereses, y como universitarios, nuestra lucha es por transformar la realidad en beneficio de todos.